La Armada expulsa a un sargento destinado en Canarias que pidió al Rey un golpe de Estado

El Tribunal Supremo ha avalado la decisión de la Armada de expulsar a un sargento por publicar vídeos en redes sociales en los que insulta a representantes del Gobierno y exige al Rey que acaudille un golpe de Estado. El cesado estaba destinado en el Arsenal de Las Palmas de Gran Canaria y se considera a sí mismo un profeta de la religión de Crom, que honra a un dios ficticio de Conan el bárbaro. En las publicaciones aparece con frecuencia con el uniforme del ejército y dirige descalificativos contra el presidente del Gobierno, el alcalde de Madrid y el Poder Judicial, entre otros.

El Estado Mayor de la Armada incoó un expediente disciplinario que concluyó en marzo de 2022 con una resolución de la ministra de Defensa. En la misma se le impuso una sanción disciplinaria de separación del servicio, al considerarle autor de faltas muy graves consistentes en «la realización de actos irrespetuosos o la emisión pública de expresiones o manifestaciones contrarias a la Corona y a las demás instituciones y órganos constitucionalmente reconocidos», así como de «infringir reiteradamente los deberes de neutralidad política», previstas en el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Según los hechos considerados probados por el Supremo, el sargento se valía de dos perfiles de Facebook para vertir sus ideas y opiniones sobre cuestiones políticas y sociales, en los cuales se identificaba abiertamente como militar y subía fotos y vídeos grabados en el Arsenal de Las Palmas. Decidió crear un escrito de la organización religiosa fundada por él mismo, al que denominó Fundiciones, Enseñanzas y revelaciones de Pacojavi 1 Profeta de Crom. Alabado sea Crom y su Puta Madre. Además de su publicación en redes sociales, lo difundió entre personal civil y militar del Arsenal. 

Opiniones políticas

«Sirviéndose de los citados perfiles de Facebook y del documento Fundiciones, el Sargento Primero Amadeo [nombre ficticio] ha venido realizando diferentes publicaciones, en las que, también sin ocultar su condición de militar, vierte opiniones y críticas políticas sobre numerosas cuestiones«, recoge la resolución judicial. 

Hablaba así del trato recibido por el movimiento independentista catalán, hacia el que muestra su simpatía; o sobre los jóvenes de Altsasu, a los que calificó de «presos políticos». También expresó su opinión contraria al anterior y al actual jefe del Estado, al presidente del Gobierno y a varios de sus predecesores, a ministros del ejecutivo, a diferentes partidos políticos, a la Fiscalía General del Estado, a la Audiencia Nacional, al Tribunal Supremo y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En algunas de las publicaciones se grababa a sí mismo en el interior de su oficina para criticar la situación nacional por la pandemia de la Covid-19, para cuestionar decisiones judiciales y actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como para poner apodos a autoridades de distintos organismos estatales y autonómicos.

Tachó en una de las publicaciones al Poder Judicial de «corrupto» y «dominado por acólitos de la extrema derecha»

En total, la Sección de Seguridad Naval de Canarias recogió 26 publicaciones realizadas entre el 28 de septiembre de 2016 y el 12 de noviembre de 2019, a las que se sumaron nuevos vídeos en 2020. Por su parte, el encausado reconoció que presentó una carta al Rey en la que criticaba la dictadura franquista, la actuación de la policía durante la exhumación del cadáver y solicitaba una declaración institucional estableciendo como ilegítimo el régimen. Además, le pedía que instara a las Cortes a dejar sin efecto cualquier disposición, sentencia, resolución o título emitido por Franco y que «iligitime» a quienes «se apropian para sus fines políticos de los símbolos propiedad de todos los españoles».

El sargento decidió no declarar en relación con lo difundido en una de las cuentas de Facebook, mientras que sobre la segunda reconoció que creó el perfil en el año 2015 y señaló que es utilizado por él mismo para difundir los dogmas y valores morales de la organización religiosa que fundó. Aun así, decidió mantener las publicaciones visibles incluso después de tener conocimiento de la incoación del expediente disciplinario.

Recurso del sargento

El cesado decidió interponer una demanda en la que solicitó que se acordara revocar la resolución administrativa, dejando sin efecto la sanción impuesta al considerar que no es ajustada a derecho y exigiendo que se le compensara económicamente por las cantidades dejadas de percibir y por los daños y perjuicios ocasionados. En la demanda denuncia que en la tramitación del expediente disciplinario la autoridad incurrió en delitos de prevaricación, persecución religiosa y de un delito contra el honor al sancionarle cuando, en realidad, en todas sus publicaciones él «habla en su posición de profeta y Sumo Sukinsin, por tanto, no como un militar, sino como el representante de una religión».

El recurrente también alertó al Supremo de los peligros para la Corona y para el estado de derecho de la pervivencia de los valores franquistas en el seno de los ejércitos y advertía de que España está en amenaza latente de una sublevación militar, alertando del auge de los movimientos supremacistas y ultracatólicos.

El Supremo desestima el recurso y considera que las expresiones que usó no se comprenden como libertad religiosa

«Ninguna contestación jurídica merece las graves imputaciones realizadas por el recurrente contra la instructora del expediente disciplinario (a la que le imputa la comisión de los delitos de prevaricación, persecución religiosa y un delito contra el honor), formuladas sin base ni desarrollo alguno y que la Sala entiende realizadas en un desbordado ejercicio del derecho de defensa«, expresa el Supremo.

El Alto Tribunal considera que la denuncia «carece de todo rigor» y rechaza que se pueda amparar en la libertad religiosa cuando, para amparar, no aparece registrada como religión. La sentencia determina que la emisión de críticas como acusar al Rey de rodearse de ladrones, tildar al presidente del Gobierno de «venal», decir que el alcalde de Madrid favorece ilegalmente los casinos y salas de juego o tildar al Poder Judicial de «corrupto y dominado por acólitos de la extrema derecha», al formularse «en términos tan desmedidos y desabridos, no forma parte integrante del núcleo de la libertad religiosa, en la medida que no resulta necesaria para la divulgación de las convicciones».

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