Córdoba. El Juzgado Civil y Comercial de 45° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a un automovilista a pagar una indemnización a los padres de una joven que murió durante una picada desarrollada en el “Camino Intercountry”. El monto actualizado alcanza la suma de 400 millones de pesos. El VW Vento en el que viajaban el demandado y las víctimas se despistó cuando circulaba a 140 kilómetros por hora (km/h), pese a que la velocidad máxima permitida en esa arteria era 60 km/h. La tragedia vial ocurrió en febrero del año 2019.
En la sentencia, el juez Héctor Daniel Suárez, además de ordenar el pago de la indemnización correspondiente, le impuso al demando la obligación de realizar cursos sobre seguridad vial con un mínimo de diez horas cátedras. El magistrado determinó que esta actividad debe cumplimentarse de manera presencial, bajo apercibimientos de astreintes, dentro del año posterior a quedar firme la sentencia, en instituciones reconocidas como Luchemos por la Vida, Asociación Civil Trabajar contra la Inseguridad Vial, Fundación Conducción Consciente o en la Municipalidad de Córdoba.
También exhortar al municipio local y a la Policía de la Provincia de Córdoba para que intensifiquen los controles callejeros de alcoholemia y exceso de velocidad en los horarios y los lugares donde suelen realizarse estas picadas como así también cualquier actividad que pongan en riego a los ciudadanos.
La tragedia vial ocurrió a la salida del local bailable ubicado en Villa Walcalde. En el VW Vento, circulaban el demandado Francisco Catalano y tres jóvenes más, Federico Cariola, Mateo Feijoo, Camila Suarez y María Constanzo.
Durante el viaje, el conductor del rodado se desafió a una prueba de velocidad con otro automovilista, Álvaro Manuel Sánchez Pulgar, que circulaba en un Peugeot 208.
Catalano conducía de manera antirreglamentaria ya que tenía una graduación alcohólica de al menos 76mg % y, en ciertos tramos, su vehículo alcanzó los 140 km/h, pese al pedido de las pasajeras para que bajara la velocidad.
Cuando los automóviles llegaron a la rotonda ubicada frente al ingreso del barrio Lomas de La Carolina, el demandado perdió el control del rodado e impactó contra unos postes de madera. El vehículo comenzó a dar vuelcos y lanzó hacia la vía pública a dos de los ocupantes que viajaban en el asiento trasero, María Costanzo y Federico Cariola, quienes cayeron sobre la carpeta asfáltica y perdieron la vida.
El juez Suárez consideró que la conducta del demandado no se trató “de un mero incumplimiento a una norma reglamentaria, sino del apartamiento consciente de los claros mandatos de la ley, despreciando la seguridad de los acompañantes, de la suya propia, y de ocasionales usuarios de la vía pública”.
En la sentencia, el magistrado también reflexionó sobre el grave problema de la inseguridad vial en el país. “La Argentina ocupa el primer lugar en el ranking de muertes por accidentes en las rutas, de acuerdo con una estadística internacional que incluye a 38 países de todos los continentes”, recordó.
Además, dijo que, tal y como está en la actualidad el transito urbano, “la incertidumbre de regreso al hogar sano y salvo “puede ser equiparada al nefasto juego de la ruleta rusa”. “Son tantas las infracciones a las reglas de tránsito que tarde o temprano, a un conocido, amigo, familiar, o uno mismo se encontrará con la bala en la recámara”, ejemplificó.
“El precio que se paga por la movilidad sigue siendo demasiado alto”, agregó el magistrado.