El juez de feria Guillermo Cerda López ordenó a un colegio privado de la ciudad de Córdoba que permita la rematriculación provisional de un alumno del nivel secundario para el cuarto año en el ciclo escolar 2025. La institución había resuelto no renovar la matrícula al adolescente por problemas de conducta en los primeros años del ciclo.
Para dictar esta medida cautelar pedida por los padres mediante una acción de amparo, el magistrado consideró que la documentación presentada demuestra que la conducta del alumno “mejoró ostensiblemente” durante el año 2024, con respecto a los años anteriores. No obstante, señaló que el joven debe continuar reduciendo las sanciones y demostrando que puede ser “mejor alumno y compañero”.
El juez Cerda López tuvo en cuenta que el interés superior del niño, su derecho a la permanencia en un establecimiento educativo cercano a su residencia y la palabra del propio adolescente, quien ingresó a la institución hace 11 años para cursar a la sala de cuatro años de jardín. Durante una audiencia con el tribunal, el joven, que actualmente tiene 15 años, expresó de modo contundente su intención de seguir en el colegio y terminar el secundario allí. Esto, a criterio del tribunal, “demuestra un pleno acto de conciencia y responsabilidad de su parte, que resulta coincidente con el pedido de sus padres en la acción de amparo”. El tribunal, además, realizó otra audiencia con los padres del alumno y el representante del colegio en la que no pudieron llegar a un acuerdo, por lo que el juez debió definir, finalmente, la cuestión solicitada.
En la resolución que ordena cautelarmente al colegio avanzar en la rematriculación, el juez también le pidió al alumno que continúe mejorando su comportamiento en la institución educativa. “Luego de haberte conocido y escuchar tu firme deseo de continuar en el colegio, te pedí y -nuevamente- te pido que demuestres a las autoridades del colegio que podés portarte aún mejor a como lo hiciste durante tu 3° año de secundario (2024), cuando se notó una importante mejora de conducta en comparación a los años 2022/2023”, expresa la resolución en un pasaje dirigido al joven.
Dado que los efectos de la matriculación dispuesta son provisorios, el magistrado les pidió a los padres del alumno que procuren también la matriculación de su hijo en otro establecimiento educativo (público o privado). Asimismo, les pidió que continúen acompañándolo (personalmente y con profesionales aptos) durante el año 2025 que, seguramente, tendrá desafíos más que importantes en su vida escolar.