Retención de Ingresos Brutos en operaciones con billeteras virtuales, bajo la lupa de tributaristas

El lunes 8 de septiembre, cuando se conoció el triunfo de Frente Patria en las elecciones legislativas bonaerenses, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó en su boletín oficial una resolución normativa, la 25/2025 en la que dispuso que, a partir del 1° de octubre, las billeteras virtuales comenzarán a actuar como agentes de retención del impuesto a los Ingresos Brutos. En las últimas horas, el organismo salió a aclarar que se trata de una medida que solo afectará a los contribuyentes que ya están inscriptos en dicho régimen, y que no es un nuevo impuesto. La aclaración vino a cuento de varias críticas que comenzaron a circular en las últimas horas.

Cómo impactan en los usuarios las retenciones de ingresos brutos en las billeteras virtuales bonaerenses

«Lo aclaramos con todas las letras: no hay ningún impuesto nuevo en la Provincia», sentenció ARBA desde sus redes sociales. Según agregaron, únicamente se verán afectados con la decisión los comerciantes, profesionales o monotributistas que ya están registrados en el impuesto a los Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires. Para ellos, la billetera virtual comenzará a retener un porcentaje de sus acreditaciones, tal como ya lo hacen los bancos.

El objetivo de la medida, según ARBA, es «ordenar el sistema y garantizar equidad». Hasta ahora, un contribuyente de Ingresos Brutos que operaba con un banco sufría retenciones, pero si usaba una billetera virtual, no. A partir de octubre, el tratamiento será el mismo para ambos.

«Si sos contribuyente de IIBB, el tratamiento será el mismo que si operaras con un banco, como ocurre con Cuenta DNI», explicó el organismo. «Esta iniciativa no es nueva en el país: la provincia de Buenos Aires se suma a otras 19 jurisdicciones que ya aplican un sistema similar para igualar la carga fiscal en todas las operaciones digitales», explicaron.

La mirada de 2 expertos tributaristas

PERFIL acudió a un par de reconocidos tributaristas para que expliquen los alcances de la medida y qué implica para los contribuyentes, con lo cual contamos en esta nota con la opinión de Alberto Mastandrea, socio de BDO y la mirada de Francisco Pugliese, gerente de Impuestos de La Vista Casal.

Alberto Mastandrea, socio en BDO Argentina indicó a PERFIL que el cambio, dispuesto por la resolución normativa 25/2025 e instrumentado mediante el sistema SIRCUPA, se presenta como un intento de “homogeneizar criterios” entre los distintos medios de pago.

«Detrás de esa justificación técnica se esconde un problema mucho más profundo«, agregó Mastandrea, en tanto argumentó: «el abuso de los regímenes de retención y percepción. Estas herramientas, concebidas como pagos a cuenta, han desnaturalizado su objetivo original y se transformaron en un mecanismo de recaudación adelantada que genera un stock crónico de saldos a favor», indicó. De acuerdo a su apreciación, «el efecto es perverso: capital inmovilizado para las empresas, mayores costos financieros y, en definitiva, precios más altos para el consumidor».

Además, el socio de BDO señaló que a eso se suma un efecto colateral todavía más preocupante. «Lejos de incentivar la formalización, estos regímenes desalientan la bancarización de las operaciones. Cuando cada transacción digital se convierte en una oportunidad para que el fisco retenga fondos que nunca se devuelven en tiempo y forma, el mensaje es claro: conviene moverse por fuera del circuito formal», argumentó.

Finalmente, el tributarista señaló que «La política tributaria no puede seguir girando en torno a soluciones fáciles de caja inmediata. La verdadera discusión debería ser cómo ampliar la base imponible incorporando a quienes aún están fuera del sistema y cómo diseñar incentivos que promuevan la inversión y el desarrollo de negocios en la provincia. Solo así se logrará un círculo virtuoso que potencie la recaudación sin asfixiar la economía formal ni encarecer cada transacción digital», completó.

En tanto, Francisco Pugliese, gerente de Impuestos de La Vista Casal recordó también que el nuevo esquema alcanza a los contribuyentes inscriptos en ingresos brutos de la provincia, bajo régimen local o convenio multilateral, con alícuotas que van del 0,1% al 5% según la actividad desarrollada.

Reforma tributaria: especialistas ponen el foco en la eliminación de retenciones e ingresos brutos y la implementación de un súper IVA

De todos modos, aclaró que este nuevo régimen de ARBA contrasta con las medidas impulsadas por el gobierno nacional en septiembre del 2024, orientadas a fomentar el uso de medios de pago digitales, con la eliminación de las retenciones de IVA y del impuesto a las ganancias sobre los cobros con tarjeta de crédito, débito u otros medios electrónicos como las billeteras virtuales.

«La aplicación de este régimen profundiza aún más el problema de la acumulación de saldos a favor por parte de los contribuyentes, tal como sucede actualmente con el régimen de recaudación sobre las acreditaciones bancarias», comentó el tributarista y agregó que, «si bien ARBA habilitó un mecanismo de devolución exprés, en la práctica no se logra agilizar el reintegro, lo que deriva en la persistente acumulación de saldos».

Finalmente Pugliese se mostró crítico también con la decisión y agregó que «estas medidas están lejos de aliviar la carga fiscal de los contribuyentes, y por el contrario, refuerzan un sistema que ya viene complicando financieramente a las empresas alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos».

lr/ff

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