La Audiencia de Barcelona ha rechazado amnistiar y ha enviado a juicio por un delito de lesiones a los cuatro policías nacionales imputados por la mutilación del activista Roger Español, que perdió el ojo derecho por el impacto de una pelota de goma disparada en los alrededores de la escuela Ramon Llull, convertida en centro de votación el 1 de octubre de 2017, según ha avanzado ‘El País’ y cuyo auto ha tenido acceso El Periódico. El tribunal de la Sección Segunda rechaza, de esta manera, la pretensión de la fiscalía de que se aplicara la ley del perdón para esos agentes. En cambio, sí que se le ha concedido a Español, que estaba acusado de un delito de atentado a la autoridad por lanzar una valla a las fuerzas del orden público, y a otros tres policías que utilizaron sus porras contra las personas que participaban en la consulta soberanista.
La resolución señala que el escopetero de la Policía Nacional imputado disparó en tres ocasiones en el lugar en que se encontraba Español, «siendo la tercera de ellas» la que finalmente le causó la lesión y la pérdida del ojo. El abogado de este activista sostiene que esta conducta es «dolosa» (hubo intención), pues no solo se reiteran los disparos, sino que la distancia entre el agente y la víctima es de 14,12 metros. Esta misma apreciación, a su entender, debe aplicarse al inspector y a dos subinspectores investigados, en cuanto «autorizaron, ordenaron y permitieron» el uso de balas de caucho en un «supuesto que no era apropiado, necesario, ni pertinente, en una distancia claramente peligrosa, y asumiendo, pues, la posibilidad de que se produjeran lesiones de gravedad como realmente acabó aconteciendo».
Los magistrados de la Audiencia de Barcelona dan la razón al abogado de Español y subrayan que se está dentro de los «supuestos de los excluidos» de la ley de amnistía. El artículo dos de esta norma expresa que no se pueden amnistiar «los actos dolosos» contra las personas que hubieran producido, entre otras lesiones, «la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro», como es el caso del activista independentista. El tribunal, por tanto, deniega la amnistía para los policías nacionales, no declara extinguida su responsabilidad criminal y no archiva el proceso contra los agentes. El sindicato Jupol ha mostrado este miércoles su rechazo a la decisión del tribunal, al suponer, en su opinión, «un grave agravio comparativo y un nuevo ataque contra los agentes que, en cumplimiento de su deber, trabajaron para garantizar el orden público durante el referéndum ilegal».
La fiscalía
La decisión de no aplicar la amnistía es totalmente contraria a la petición efectuada por la fiscalía el pasado mes de febrero, que consideró que las lesiones sufridas por Español no fueron dolosas, es decir, que no hubo intención de producirlas y, por lo tanto, entraría dentro de los supuestos recogidos en la ley del olvido penal por el procés. Pero esta no era la primera vez que el ministerio público intentó el archivo de la causa contra los policías nacionales que participaron en el lanzamiento de la pelota de goma que hirió a Español. Meses antes ya había pedido que no se juzgara a esos agentes y que se sobreseyera a la causa contra ellos, pero, por otro motivo: estimaba que concurría el eximente de responsabilidad criminal porque «cumplían su deber», en este caso, el de impedir el referéndum sobre la independencia de Cataluña, siguiendo la orden de una magistrada del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), con una actuación que calificó de «proporcionada».
Por contra, reclamó que se juzgara a Español por haber atentado presuntamente contra los agentes de la autoridad al haber echado una valla a un grupo policial que estaba en la calle de Sardenya, entre la Gran Vía y la calle Diputació. La Abogacía del Estado mantuvo el mismo posicionamiento. Sin embargo, las acusaciones particulares y populares se opusieron a que se sobreseyera el caso. Con la aplicación ahora de la ley de amnistía, la Audiencia de Barcelona ha dado ahora carpetazo a la causa contra el activista independentista.