Fin de semana largo: por qué el lunes 16 de junio es feriado

Muchos feriados en la Argentina son trasladables, en caso de caer martes o jueves, para configurar un fin de semana largo. Este es el caso del lunes 16 de junio, en el que se celebra el Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes, originalmente establecido el 17 de junio. Como este 2025 la jornada cae un martes, el asueto se traslada al lunes.

Tal como lo indica la ley, en estos casos se cumple la condición para correrlo al día anterior. La normativa establece que los feriados nacionales trasladables “cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior”. Por su parte, los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.

El lunes 16 es el primer feriado de junio y se forma un fin de semana extendidoIlona Kozhevnikova – Shutterstock

De esta manera, queda conformada la semana más corta del mes, que incluye al martes 17, el miércoles 18 y el jueves 19 de junio, como días hábiles.

Posteriormente, llega el asueto del 20 de junio en el que se celebra el Día de la Bandera en la Argentina y se recuerda la fecha del fallecimiento de Manuel Belgrano, el responsable de la creación de este símbolo patrio y uno de los principales referentes de la historia nacional.

El día lunes 16 se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes. Se trata de una jornada que inicialmente se ubica en el 17 de junio, pero al coincidir con un día martes, se cumple la condición que indica la ley para trasladarlo al día previo y así configurar un fin de semana extendido.

En la categoría de feriados trasladables se agrupan las distintas celebraciones que pueden caer en fin de semana, moverse al lunes anterior cuando caigan un martes o miércoles, o al posterior si caen un jueves o viernes.

A Güemes se lo recuerda el 17 de junioMuseo Güemes

En el caso de los feriados nacionales, tal es el caso de las dos jornadas de junio, rigen las normas de descanso dominical. Es decir, que, en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.

La tercera semana del mes tiene un feriado nacionalMara Sosti – LA NACION

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